hoy en IVAO el controlador de aproximación me ha hecho un comentario que me ha sonado un poco "raro", y lo he comprobado después.
Concretamente me ha indicado que no se puede operar con la B200 en Barajas porque es un avión ligero. Por lo visto, debe tener al menos 50.000Kg de peso máximo en despegue. De todas formas, como ya estaba alineado con la pista me ha dejado seguir.
Una vez terminado el vuelo he revisado la normativa del aeropuerto, la cual ha cambiado con el nuevo TMA.
Citando textualmente, el reglamento dice:
Yo entiendo que SÍ puedo despegar o aterrizar en Barajas con la B200 en ese horario, pero asumiendo que los reactores tienen preferencia.RESTRICCIONES A LAS OPERACIONES:
– Aeródromo cerrado a aeronaves sin radiocomunicación y helicópteros.
– Aeródromo cerrado a aeronaves de Aviación General y de Negocios (excepto
cargueros) cuyo peso máximo al despegue (MTOW) sea inferior a 50.000 kg
y tengan una capacidad menor de 70 pasajeros, en el siguiente horario:
V: 0500 - 2100
I: 0600 - 2200
– Si alguna aeronave de las afectadas solicita el uso del aeropuerto en las horas
citadas asumirá las posibles demoras ya que los reactores tendrán
siempre prioridad sobre ellas.
¿Qué opinais?
Un saludo
Koldo Navarro
AHS7749